Por recomendación del Virrey del Perú Francisco Álvarez de
Toledo (1569-1581), fueron nombrados por el inquisidor general, cardenal de
Sigüenza, como primeros inquisidores de Lima, Andrés de Bustamante y Serván de
Cerezuela. El primero falleció en pleno viaje, cerca de Panamá, en junio de
1569. Con la sola presencia de Serván de Cerezuela, el 29 de enero de 1570, fue
establecido en Lima el Tribunal de la Inquisición, mediante acto solemne,
realizado en la catedral, con asistencia de las principales autoridades civiles
y eclesiásticas.
Siguiendo el modelo español, además de inquisidores,
fiscales y secretarios, cada distrito del Santo Oficio contaba con un sistema
de alguaciles e informantes. Tras la acusación, los encausados podían presentar
su defensa, pero, de acuerdo con el sistema penal de la época, la Inquisición
tenía atribuciones para adoptar medidas cautelares, detención, que solía
incluir tormento, antes de emitir su fallo. Las penas, según la gravedad, iban
desde penitencias religiosas, multas, azotes, prisión, destierro y muerte.
Anuncio de un Auto de Fe celebrado en Lima el 23 de enero de
1639.
En el local del Santo Oficio de Lima, ubicado en la actual
plaza Bolívar, pueden verse las celdas de los detenidos que esperaban proceso y
los artefactos empleados para obtener sus confesiones. El inquisidor Torquemada
estableció en forma categórica que los reos no deberían sangrar ni sufrir
lesiones. Se ideó entonces un sistema de tortura que buscaba dar dolor sin
dejar mayores heridas. Tal fue el caso del "potro", tablero en el que
se ataba al reo para que sufriese estiramiento de brazos y piernas; el castigo
del agua, que lo obligaba a tragar agua en demasía y le impedía respirar; y la
"garrucha", cordel atado a una polea que alzaba al prisionero desde
los brazos, atados a su espalda, llevando un fuerte peso en los pies.
Registro contable ("razón") de los gastos de la
Inquisición de Lima en la alimentación de 22 de sus prisioneros.
Estadísticas y resultados
Existen evidencias que muestran que la autoridad del Santo
Oficio en América tuvo un accionar menos cruento que en España, aplicando la
pena de muerte en menos ocasiones, en los hechos, sólo se aplicó a casos
extremos de faltas contra la Iglesia y el Estado.[cita requerida] Fue más una
policía política que una policía de la vida cotidiana. Las autoridades civiles
y eclesiásticas ordinarias limitaron en la práctica muchas de las atribuciones
del Santo Oficio, el cual, a su vez, encontró en las acusaciones que no
concluían en sentencia una fuente de enriquecimiento. Tal fue el caso, entre
otros, del inquisidor Pedro Ordónez Flórez (1594-1611), quien dejó el Perú con
una fortuna patrimonial de 184.225 pesos. Es posible que el Tribunal haya sido
odiado por el pueblo más por su presencia prepotente que por su efectivo rigor
en la represión de las costumbres.
Durante las primeras décadas del tribunal limeño
(1569-1600), fueron condenados a muerte y ejecutados 13 reos; luego (1601-1640)
fueron ajusticiados 17, y a partir de entonces sólo hubo un caso en 1664 y otro
en 1736. De estas 32 víctimas, 23 fueron procesadas por judaizantes, 6 por
protestantes, 2 por explícita herejía y un caso de "alumbrado" o
falsa santidad. Luego hay 3 judaizantes "quemados en huesos y estatuas",
esto es, ya fallecidos (entre 1625 y 1639), y 14 "quemados en
estatuas" por ausencia (1605 y 1736).
Los ajusticiados por ser luteranos, salvo el caso de Mateo
Salado (ultimado en la hoguera el 15 de noviembre de 1573), fueron en su
mayoría piratas capturados en actos de guerra, como John Butler y John Drake
(sobrino del célebre corsario Francis Drake). Francisco de la Cruz (ajusticiado
el 13 de abril de 1578), el único caso de sentencia por "alumbrado",
destaca por haber sido teólogo con estudios en Valladolid y rector de la
Universidad Nacional Mayor de San Marcos de Lima; sus postulados heréticos
incluían el cuestionamiento del sistema monárquico.
Ejecución de Mariana de Carvajal (judía conversa), ciudad de
México, 1601.
La Inquisición peruana, basada en Lima, finalizó en 1820.
El bulto o mayor porcentaje de los procesos inquisitoriales
tenía que ver con comentarios personales denunciados por la red de delatores
del sistema. En este último sentido, lo más común es encontrar en los archivos
de todas las ramificaciones de la Inquisición en América investigaciones sobre
todo tipo de afirmaciones dichas en conversaciones casuales. Como por ejemplo
la causa seguida contra un vecino de Santiago de Chile, Joan de Barros,
procesado por comentar a un amigo que Dios no le "podía hacer más mal ni
darle mayores penas en esta vida" que la reciente muerte de su esposa. Una
afirmación supuestamente herética, debido a la creencia católica de que Dios
todo lo puede. O es el caso de Pedro Ramírez, un vecino de Chiloé, era
procesado por haber opinado que la "fé sin la caridad era cosa muerta y
que ambas virtudes eran lo mismo". Numerosos otros procesados fueron
interrogados por utilizar refranes populares españoles de la época, de
pretendidos alcances blasfemos, como: "en este mundo no me veas mal pasar,
que en otro no me has de ver penar". Incluso se abrían un numero rutinario
de investigaciones en contra esclavos negros que maldecían o blasfemaban
mientras eran azotados.
La mayoría de este tipo de causas (salvo la notoria
excepción de las seguidas contra los esclavos), reportaban abundantes
beneficios económicos al tribunal y la red de informantes designados por él,
por cuanto el acusado en el mejor de los escenarios debería pagar las costas
del juicio a sus acusadores. Pero lo normal es que el procesado fuera sometido
a multas mayores o al secuestro de todos sus bienes.
Respecto de la población indígena, la Inquisición fue
excluida en las primeras décadas del siglo XVI de abrir juicios contra ella por
idolatría o brujería, por el criterio imperial español de considerarse a los
indígenas -más que herejes- neófitos en el cristianismo, quedando esos asuntos
bajo la directa jurisdicción de los cabildos y en la práctica, sometidos al
arbitrio inmediato de los encomenderos.
Por otro lado, es curioso que existe cierto número de
procesos que contienen acusaciones contra españoles relacionadas con malos
tratos a sus encomendados, siempre que contuvieran un trasfondo religioso
doctrinal. Es el caso, por ejemplo, de un juicio seguido en 1569 en la Villa de
La Plata (actual Sucre, Bolivia, entonces dentro de la jurisdicción del
tribunal de Lima), en contra del gobernador de Tucumán, Francisco de Aguirre, a
quien entre sus muchas acusaciones se sumaba la de haber afirmado tener la
potestad de dispensar a los indígenas del descanso del domingo y los feriados
religiosos, para poder de esta manera mantenerlos trabajando.
En las últimas décadas del siglo XVIII, durante el mandato
del virrey José Fernando de Abascal y Sousa (1806-1816), el Santo Oficio tuvo
entre ojos a los lectores de literatura anticlerical y antimonárquica. Fueron
detenidos y amonestados, entre otros Manuel Lorenzo de Vidaurre, Joaquín de
Larriva y José Baquíjano y Carrillo, culpables de leer a Rousseau y Montesquieu.
En la decadencia del Santo Oficio, en 1818, el Segundo Piloto del Virreinato
del Perú y Director de la Academia Real de Náutica de Lima, Eduardo Carrasco
(1779-1865), salió bien librado de una acusación ante el Tribunal por poseer en
su biblioteca libros de los enciclopedistas franceses.
La Inquisición fue abolida por decreto de las Cortes de
Cádiz, el 22 de febrero de 1813. El virrey Abascal hizo lo propio con la
Inquisición de Lima, el 30 de julio de ese año. Al permitirse al público de
Lima visitar dicha sede el 3 de septiembre de 1813, ocurrió un tumulto
vandálico que destruyó enseres y parte de los archivos.
En 1814, cuando el rey Fernando VII de la Casa de Borbón
(1813-1833) fue restablecido en el trono, se dispuso que volviese a funcionar
el Santo Oficio, dedicado sobre todo a perseguir la difusión de literatura
liberal, pero su existencia fue más nominal que efectiva, hasta su definitiva
abolición en 1820.
fuente: Wikipedia
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